BUFETE SERRANO MATTEY
RENOVACIÓN CATEGORÍA ESPECIAL PARA ESTUDIANTES O ACADÉMICOS
Fundamento jurídico: Artículo 46, Decreto N° 33611-G "Reglamento para el trámite de las solicitudes de visa y permanencia legal de estudiantes y académicos" del 6 de marzo del 2007
Las categorías especiales se podrán otorgar por un período no mayor a un año. Si la institución educativa requiere contar con la permanencia del extranjero por más tiempo, podrá solicitar una renovación, que deberá presentarse ante una ventanilla especial en la oficina competente en materia de Extranjería, con un plazo mínimo de antelación de treinta días naturales anteriores al vencimiento de la condición migratoria, aportando lo siguiente:

1. Solicitud dirigida al Director General, suscrita por el representante legal de la institución educativa o su apoderado,
en la que se fundamentan las razones por las cuales se requiere renovar la categoría especial del extranjero. De ser el caso se deberá solicitar la renovación de cada uno de sus dependientes. En esa solicitud se deberá consignar lugar dentro del perímetro judicial de San José o el medio electrónico, que determine la Dirección General a través de resolución debidamente publicada en el Diario Oficial, para recibir notificaciones.

2. Comprobante que acredita el pago por concepto de costo del documento que acredita la categoría especial. (Artículo 249 Ley General de Migración)
3. Comprobante de entero a favor del Gobierno de US $10. (diez dólares) por concepto de
emisión de documento que le acredita la permanencia legal en el país.

4. Comprobante de entero a favor del Gobierno de US $10 (diez dólares) por concepto de
renovación de documento que le acredita la permanencia legal en el país.

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Lic. Maynor Serrano Mattey / Abogado y Notario